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Una lucha por la independencia judicial

Columnas
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Me permito ser crítico con la labor judicial porque considero que es la función de Estado más importante para asegurar nuestros derechos y bienestar. Obviamente respaldo que se exija a cada órgano judicial que rinda cuentas sobre su proceder. Pero nada de eso significa que me sea indiferente la defensa de la independencia judicial desde múltiples frentes, al interior para sus integrantes, y hacia el exterior ante los otros Poderes. Fiel a mis convicciones, tal defensa no es solo de palabra.

Este año el Poder Judicial del Estado de Morelos me confió la responsabilidad de colaborar en un juicio de controversia constitucional a favor de su independencia y autonomía presupuestaria. Luego de tres años de solo poder defender al Tribunal Unitario de Justicia Penal para Adolescentes de esa entidad, por fin tuve ocasión de plantear una defensa común para aquel Poder local en la controversia 15/2021.

Este miércoles 24 de noviembre, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia falló tal controversia constitucional 15/2021. Por unanimidad de votos se aprobó el proyecto elaborado en la ponencia del ministro Laynez. Sus principales resolutivos propuestos consistieron en declarar procedente y fundada aquella controversia; y declarar la invalidez del oficio con el que el Gobernador del Estado presentó al Congreso la iniciativa de Decreto de presupuesto de egresos del Gobierno del Estado de Morelos, y de los artículos décimo sexto –en la parte que asigna el presupuesto total al Poder Judicial del Estado de Morelos– y décimo octavo, párrafos primero y segundo, así como el anexo 2, del Decreto por el que se aprueba el presupuesto de egresos del Gobierno del Estado de Morelos del 2021.

Como suele acontecer, todavía no se conoce el engrose de esa resolución. Hasta que sea notificada a las partes y publicada, se podrán leer las razones dadas para justificar estas determinaciones. Mientras tanto solo queda anticipar sus posibles efectos y especular sobre la trascendencia de ese fallo del Tribunal Constitucional.

La primera y más elemental razón para celebrar es que la sentencia emitida por la Segunda Sala llegó a tiempo. Han existido casos en los que los cuestionamientos a los presupuestos no se resuelven en el mismo ejercicio fiscal en el que deben ejercerse los recursos, así que al cambiar el año, los juicios terminan sobreseídos.

Lo segundo es que puede intuirse que la Sala ha sido consistente con la línea de precedentes que ha dictado en torno a la independencia y autonomía presupuestal de los Poderes Judiciales. Que el Ejecutivo de cualquier entidad altere el proyecto de presupuesto que le envía el Poder Judicial del Estado antes de someter al Legislativo local el proyecto total de presupuesto, es inconstitucional. No hay más.

El meollo del juicio descansará en los efectos que se le hayan dado a la invalidez de lo demandado al Congreso de Morelos. La inconstitucionalidad del presupuesto asignado al Poder Judicial del Estado necesita remediarse, pero ojalá que la Sala haya sido muy precisa en este punto. La Constitución de Morelos ordena que a tal Poder se le apruebe una partida equivalente al cuatro punto siete por ciento del monto total del gasto programable autorizado en el Decreto de presupuesto de egresos que anualmente se vota. Dicho cálculo debe ser claro, preciso, específico y basado en reglas claras y previamente establecidas, además de ser verificables.

No solo importa que el Congreso de Morelos cumpla a cabalidad y de buena fe la sentencia de esta controversia en cuanto se le notifique. Que de inmediato pague al Poder Judicial del Estado la diferencia existente entre el presupuesto que le asignó y que ha sido invalidado, y el que debió aprobarle. Lo más importante es que no se repitan actuaciones inconstitucionales para 2022. Aunque el Ejecutivo local ya haya alterado el anteproyecto del presupuesto judicial, al Legislativo toca enmendar el camino y prevenir que la aprobación que tiene pendiente para el siguiente año no haga caso omiso de ese trascendental fallo de la Suprema Corte.

No es poca cosa, al menos es el doble de presupuesto, pero mucho más allá de eso, de lo que se trata es de asegurar la independencia judicial frente al gobierno.