Poder Judicial en Chiapas, desastre constitucional
Ulises Coello y José Manuel Mantecón contra imposición
El 12 de agosto de 2008, el licenciado Mario Antonio Ruiz Coutiño fue nombrado magistrado del Tribunal Constitucional del Tribunal Superior de Justicia del estado de Chiapas.
El nombramiento avalado por Juan Sabines Guerrero, entonces gobernador, era absolutamente violatorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Constitución Política del Estado de Chiapas.
El aserto no tiene discusión ni justificación, la investidura con la cual se distinguió a un magistrado al margen de la legalidad y del orden constitucional.
En el momento de su designación Ruiz Coutiño contaba con 34 años y su cédula profesional número 3681877 tenía registro del año 2002.
Ambas circunstancias le impedían protestar como magistrado. En su Artículo 116 la Carta Magna ordena que los magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia de los estados deberán reunir los mismos requisitos que los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Dos de esas formalidades no las cumplía el ahora ex magistrado Mario Ruiz. La Constitución Mexicana previene que para ser magistrado, la edad mínima es de 35 años y tener título profesional de licenciado en derecho con 10 años de antigüedad.
La Constitución de Chiapas va más allá todavía al exigir título y cédula profesional por esos mismos 10 años. Ello quiere decir que Mario Antonio Ruiz Coutiño podía aspirar a ser magistrado hasta agosto de 2012.
Lamentablemente hoy se está en camino de violar doblemente la Constitución de la República y la local del estado para favorecer a un ex magistrado espúreo que nada aportó, pero que sí vulneró a las instituciones republicanas.
Hoy que ha terminado su período de nueve años pretende nuevamente su reelección, aun cuando sea violatoria de ambas Constituciones.
De nuevo en cita el Artículo 116 de la Ley fundamental, previene que “los magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia de los estados durarán en su encargo el tiempo que determinen sus Constituciones locales, (y) podrán ser reelectos…”
La disposición es impecable: “Podrán ser reelectos”, pero ello no quiere decir que hay obligación de reelegirlos en el cargo. La sola expresión es potestativa, pero no obligatoria.
Lo malo para Ruiz Coutiño son los severos impedimentos que tiene en su contra. Para reelegir a un magistrado se requiere de una hoja intachable de servicios en la que destaquen la honorabilidad, la honestidad y el respeto a las leyes.
Nada de eso cumple el magistrado en cese. Su complicidad con el bandido de Juan Sabines, para aceptar un nombramiento ilegal, lo inhabilitan de por vida para continuar en cualquier responsabilidad jurisdiccional.
Pero hay otro argumento más para impedir que Mario Ruiz Coutiño sea nominado una vez más como magistrado.
La Constitución que él protestó y juró hacer cumplir disponía en su Artículo 50 que “los magistrados del Tribunal Constitucional durarán en su encargo nueve años y no podrán ser designados para un siguiente periodo”.
Ruiz Coutiño basa su aspiración de repetir en el cargo con la reforma a la Constitución local en la que se autoriza una reelección por otro periodo de nueve años más.
Sólo que para este caso en específico no aplica la retroactividad de la ley, puesto que el tiempo que Ruiz Coutiño permaneció como magistrado, no constituye un derecho adquirido cuando fue designado ilegalmente en el 2008.
Lo más grave es que para entronizar de nuevo a Ruiz Coutiño, sin ningún sustento jurídico, los Poderes Legislativo y Judicial de Chiapas han participado en los reiterados intentos de imposición.
El presidente del Congreso del Estado, Eduardo Ramírez Aguilar, ha dado su anuencia para que el ex magistrado repita en el cargo.
Por su parte al magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia, Rutilio Escandón Cadenas, le pasaron un dictamen en el que de manera atentatoria a la Constitucionalidad del Estado, se aprueba la reelección o ratificación de Mario Antonio Ruiz Coutiño.
Firmaron ese documento el propio Escandón Cadenas y la magistrada María Elena Ramos, quien se había distinguido por su impecable trayectoria en más de 20 años al servicio del Poder Judicial.
Lo bueno fue que la nota discordante de la dignidad y la legalidad estuvo a cargo de los magistrados constitucionales Ulises Coello Nuño y José Manuel Mantecón Vázquez.
Coello Nuño se negó a dar su voto aprobatorio bajo el irreprochable argumento de que Ruiz Coutiño, desde el momento de su designación, no adquiría un derecho que lo hiciera candidato a permanecer nueve años más.
Por su parte el magistrado Mantecón Vázquez decidió no ponerse al margen de la ley. Cuando le pasaron el dictamen de ratificación o reelección de Ruiz Coutiño tajante espetó: “No lo firmo”.
Haberlo hecho contradecía su posición respecto del informe rendido ante un juez federal para anular las aspiraciones del ex magistrado Rolando Ramos Rovelo, quien, independientemente de su calidad probada de delincuente defraudador del patrimonio del Poder Judicial, fue magistrado del Tribunal Constitucional y presidente del Tribunal Superior de Justicia.
Al cesar en sus funciones, exactamente bajo las mismas circunstancias que Ruiz Coutiño, recurrió al amparo y le fue negado, en un intento por ser reinstalado en el cargo.
Al contestar al juez de distrito la negativa de reinstalación de Ramos Rovelo, el magistrado José Manuel Mantecón esgrimió los mismos argumentos de