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La judicialización del nombramiento del presidente en la CEDH

Editorial
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Ayer se dio a conocer la terna de candidatos para ocupar la presidencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos. En ella aparecen la Dra. Delia Estrada Sánchez, el Licenciado Diego Cadenas Gordillo y el Licenciado Juan José Zepeda Bermúdez. La integración de esta terna tiene vicios de origen debido a que Zepeda Bermúdez no cubre los requisitos de la misma convocatoria emitida por el Congreso Local, que en su punto V señala no desempeñar o haber desempeñado el cargo de secretario en alguna entidad un año antes de su designación y ese personaje desempeñó el cargo de secretario de planeación en el Estado hasta septiembre del 2017; pero, de igual manera son dudosos sus antecedentes y su experiencia en materia de derechos humanos, como lo señala también, la convocatoria en el punto III.

 

No obstante esta situación violatoria, la Comisión de derechos humanos del Congreso local, pasa por alto sus propias disposiciones normativas, y decidió que  Zepeda Bermúdez cubre con los requisitos, situación que implica un reconocimiento de que éste es el candidato del gobernador del Estado y que están dispuesto a imponerlo como presidente de la CEDH, sin que les importe  los señalamientos de ilegalidad de la designación y de la notoria violación del debido proceso.

Es obvio que el gobierno de Manuel Velasco Coello se caracteriza por sus actos ilegales. Así fue desde que era candidato a la gubernatura y así ha sido como gobernante. Sin embargo, en aras de la pulcritud y la mesura, aderezada con una profunda ignorancia y un desprecio exacerbado a los derechos humanos, es importante señalar, que son obligaciones del Estado respetar, promover, proteger y garantizar los derechos humanos. Estas obligaciones las tienen que cumplir todas las autoridades de los tres niveles de gobierno, y en el caso de que se consume la ilegalidad del nombramiento de Juan José Zepeda Bermúdez, el Ejecutivo y el Congreso en pleno estarían violando la constitución. Pero al mismo tiempo, estos dos poderes estarían violando los deberes constitucionales en materia de derechos humanos al no prevenir e investigar la posible violación de derechos humanos en la que se estaría incurriendo al designar a una persona como presidente de la CEDH que viola las disposiciones constitucionales.

No obstante lo anterior, hay que señalar que el Congreso Local incurrió en violaciones desde en la forma en que se elaboró la convocatoria, en virtud de que la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos señala que el procedimiento de designación del presidente es una consulta pública, como lo señala el artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, aspecto que nunca realizó el Congreso Local.

Con la posible designación de Juan José Zepeda Bermúdez, el Congreso Local estaría violando la autonomía y la legalidad de la CEDH, pues estaría imponiendo a un empleado de gobierno, que además no cubre los requisitos para desempeñar el cargo, contraviniendo el espíritu de la constitución y del derecho internacional, de protección, respeto y garantía que debe tener este órgano.

Esta designación inhabilita la función de la Comisión de Derechos Humanos, sobre todo porque la fortaleza de este órgano es moral, para hacer cumplir las recomendaciones, y Juan José Zepeda Bermúdez, por la forma en que llegaría a la presidencia de la CEDH carecería de toda calidad moral para desempeñar esa función.

De aprobarse esta designación, es muy factible que el nombramiento se judicialice y que el caso se presente a la Comisión Interamericana, en virtud de que existe una clara violación al artículo 23 de la Convención Americana de los Derechos Humanos, que se encuentra incorporada al marco constitucional,  que establece tener acceso en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país, aspecto que se viola con este nombramiento en virtud de que el gobierno intervino y negoció para que 96 organismos, incluyendo a la UNACH, postularan a Juan José Zepeda Bermúdez como presidente de la CEDH. Pero además desde la oficina de ICOSO se envió un boletín, que fue publicado por distintos medios impresos y electrónicos, en el que se difundía el amplio apoyo otorgado a este personaje, que paradójicamente no cubre los requisitos de la convocatoria y que lo hace inelegible para ocupar ese cargo.