La consulta a los Pueblos Originarios en una obligación

Editorial
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Los Pueblos originarios en México viven una discriminación estructural y además padecen una desventaja social, política y económica frente al resto de la población. Esto ha originado que históricamente se les haya menoscabado el reconocimiento como sujetos de derecho y que de manera vertical se les haya impuesto condiciones y políticas para el desarrollo.

 

Por el eso el próximo gobierno de la república enfrenta un enorme reto en el reconocimiento de los derechos de los pueblos originarios, que de manera sistemática han sufrido violaciones de derechos humanos de terceros, de empresas y del propio Estado, que incumple con gran frecuencia la responsabilidad internacional de proteger a los pueblos y comunidades indígenas.

Hasta ahora las señales enviadas por el presidente electo para modificar la relación hacia estas comunidades indígenas son poco halagüeñas, sobre todo porque se vienen anunciando proyectos de desarrollo dentro del territorio de los pueblos originarios, sin considerar la importancia y la obligación que hay hacia la consulta establecida por el Convenio 169 de OIT.

Apenas el domingo pasado Andrés Manuel López Obrador presentó el programa de construcción del Tren Maya, e ignoró la obligación del Estado hacia la consulta, que de acuerdo a las disposiciones internacionales emitidas por la Corte Interamericana debe ser previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe, haciendo énfasis en  la necesidad de utilizar intérpretes para que cualquier propuesta y/o acuerdo sea perfectamente comprendido por esas comunidades.

Pero el gobierno de López Obrador no sólo tiene la intención de construir el Tren Maya sino que ha planteado la reforestación de miles de hectáreas en el territorio de La Selva y viene elaborando un programa de fomento a las actividades extractivas, todos estos proyectos de desarrollo en territorio de Pueblos y Comunidades indígenas; situación que implica en sí ya una violación al Convenio 169, que establece la obligatoriedad de implementar la consulta previa sobre cualquier decisión al respecto.

En México los esfuerzos realizados para lograr una verdadera consulta no han sido  satisfactorios. Y en contrasentido, la explotación minera ha ocasionado contaminación ambiental de ríos y lagunas, extracción sin control de recursos naturales, explotación mineral de profundo impacto, afectación de flora y fauna, así como desplazamiento de comunidades originarias, entre otras violaciones a derechos humanos.

La presentación del programa de construcción del Tren Maya y la respuesta de defensa de los derechos de los Pueblos Originarios ocasionó en sectores de la población, el surgimiento de actitudes discriminatorias hacia las comunidades indígenas, en el que consideran un exceso que se le consulte a la población indígena sobre si están de acuerdo con los proyectos de desarrollo y de inversión que generen un impacto social, ambiental o económico en su territorio, ya que consideran que esta decisión no puede recaer en población analfabeta, que vive en pobreza y que se contrapone a la visión del progreso. Estas consideraciones están en fuera de lugar y sólo confirman la ignorancia que hay sobre los compromisos internacionales convenidos por México, en donde el derecho internacional es vinculante, de acuerdo al artículo 1º de la constitución y en el que Convenio 169 de la OIT establece la obligatoriedad de la consulta.

Bajo esta perspectiva la consulta representa un desafío para el próximo gobierno, en el que se requiere presentar, estudiar, reflexionar, debatir y aprobar una Ley para La Consulta de Los Pueblos Originarios, que sea previamente consultada y discutida por los propios pueblos y comunidades indígenas.

De no hacerse estaríamos frente a la auto-profecía del EZLN cuando señaló, que en el proceso electoral sólo se cambió de capataz.