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Thu, Apr
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Las mentiras de Carlos Morales y el derecho a la verdad

Editorial
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Real del Bosque es la unidad habitacional más grande en Chiapas, con cerca de ocho mil viviendas y una población superior a los 30 mil habitantes, que ahora representan el capi-tal político determinante para ganar las elecciones en el municipio de Tuxtla Gutiérrez, lo que condujo al presidente municipal a manejar una gran mentira este fin de semana, que equivale a un fraude, al hacer creer que su administración, con la ayuda del gobernador, había resuelto el problema añejo del agua potable en esa unidad.

El fraccionamiento Real del Bosque es producto de un fraude cometido por la empresa inmobiliaria Homex, que construyó la unidad de departamentos Real del Bosque y la unidad de casa-habitacional Bonanza, en un predio de 16 hectáreas, que no contaba con el ramal municipal de agua potable y drenaje. Esta empresa se declaró en quiebra y dejó in-conclusa la construcción de la unidad, pero bajo entuertos y acuerdos ilícitos con el municipio de Tuxtla, obtuvo la licencia de comercialización y se dio el poblamiento de la misma sin los servicios urbanos de agua potable y drenaje.

Dentro de las concesiones que obtuvo HOMEX para la construcción de estos fraccionamientos, la Comisión Nacional del Agua le autorizó la explotación de dos pozos de agua y una planta de tratamiento de aguas residuales, que fueron utilizadas en los primeros años por los condóminos para abastecer las necesidades de agua, pero con la quiebra de la empresa constructora los pozos y la planta tratadora de aguas residuales dejaron de tener mantenimiento, lo que produjo la contaminación de los pozos con heces fecales y los habitantes de los fraccionamientos empezaron a tener problemas por el servicio.

Para ese momento, los condóminos habían perdido la posibilidad de demandar por fraude a la empresa constructora, pues ese delito había prescrito, y la única posibilidad real de emprender un litigio en contra del municipio por autorizar la construcción y luego la comercialización sin servicios urbanos era a través de una demanda por violación a los derechos humanos, pues estos tipos de violaciones son imprescriptibles.

El litigio integral por la defensa de los derechos humanos de algunos condóminos inició en septiembre del 2015 y en  julio del 2017 la Comisión Estatal de Derechos Huma-nos emite una recomendación por violación de derechos humanos al municipio y dos se-manas después en agosto del 2017, el Segundo Juzgado de Distrito emite una sentencia en donde se condena al municipio y a la empresa SMAPA, a construir en el término de seis meses el ramal de agua potable y drenaje para garantizar la conexión de la red interna del fraccionamiento a la red municipal. SMAPA recurrió esta sentencia al Tribunal Colegiado, quien cuatro meses resuelve rechazando el recurso y ratificando la sentencia del juzgado, que obligaba al ayuntamiento municipal a realizar la obra en seis meses. Para ese momento Fernando Castellanos Cal y Mayor estaba en vías de solicitar licencia para con-tender a la gubernatura por lo que incumplió la sentencia judicial.

Fue a la administración de Carlos Morales a quien le tocó atender el juicio de inejecución de sentencia en donde el colegiado, en una resolución sin sustento legal, con el fin de evitar una sentencia de disolución del cabildo, aceptó el compromiso de la presidencia de que iba a construir el ramal.

Para ese momento la administración municipal no contaba con los recursos para la realización de la obra y estableció un convenio con una inmobiliaria de otorgar licencias de construcción para la construcción de viviendas a cambio de que ellos construyeran el ramal para conectar con agua y drenaje a los fraccionamientos Real del Bosque y Bonanza. Con este convenio resulta claro que se prefigura el delito de tráfico de influencia y un manejo indebido de la administración pública municipal, pero a su vez existe el engaño político al querer sacar provecho y beneficio al presentarse como una autoridad que resolvió un problema añejo, ocultando que la obra se realizó como cumplimiento a una sentencia judicial, en la que paradójicamente el Juzgado Segundo de Distrito, en 18 ocasiones ha requerido a la autoridad municipal el cumplimiento de la sentencia y en la que apenas el 9 de septiembre el juzgado le notificó a la autoridad responsable que se encuentra en vías de dar cumplimiento a la sentencia de amparo.

Carlos Morales en aras de sus ambiciones políticas y mantener viva la posibilidad de la reelección violó el derecho humano a conocer la verdad, pero además incurrió en un posible acto anticipado de campaña, que debe ser investigado y sancionado por el IEPC, pe-ro en este probable acto anticipado de campaña involucró al gobernador del Estado, quien en su mensaje, cargado de ignorancia de la situación jurídica que prevalece, realizó comentarios de elogios a la administración de Carlos Morales, que lo involucra como partícipe en posibles actos anticipados de campaña.

Toda esta información se hará publica en una rueda de prensa el martes 15 a las 11 de la mañana, en las afueras de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, quien a su vez, su presidente, Juan José Zepeda Bermúdez, se encuentra involucrado en violaciones al debido proceso en este mismo caso, al no dar cumplimiento a su propia recomendación, que obliga al ayuntamiento de Tuxtla a presentar una disculpa pública a los habitantes del fraccionamiento Real del Bosque y de Bonanza.