Notorios los hechos de corrupción

Editorial
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En el gobierno federal como en el gobierno estatal se ha convertido en un acto de fe combatir a la corrupción. Sin embargo este problema no se resuelve con discursos o por la sola decisión del gobernante ni tampoco por la simple disposición de la ley, como hasta ahora se ha hecho, pues los actos de corrupción continúan como en los viejos tiempos.

Los mecanismos jurídicos son indispensables para cualquier cambio o transformación, pero también se requiere de condiciones políticas para hacer posible la eficacia de la ley; por ejemplo, la secretaría de la contraloría se fundó en los años ochenta y hasta ahorita no se ha habido de ninguna sanción a un funcionario de primer nivel en el gobierno federal, menos en el estatal, y en los casos en que pareciera que sí hubo castigo al funcionario, éste se debió fundamentalmente a un ajuste de cuentas o por que cayó de la gracia del gobernante en turno.

En Chiapas reducir la corrupción, como en el discurso pretende hacerlo el gobernador se requiere implementar la cultura de la legalidad, algo que no existe en los funcionarios del gobierno, pues algunos de ellos no cubren los requisitos para desempeñar el cargo que tienen y eso sin duda, representa el punto de partida de la corrupción en la administración pública. De igual manera la corrupción en esta administración se hace evidente en los nombramientos de funcionarios cuando éstos no cubren con los requisitos que se exigen.

Un ejemplo es Uriel Estrada Martínez, titular de la Auditoría Superior del Estado, quien no cubre con los requisitos señalados por de la Constitución para desempeñar el cargo. Él no posee con la experiencia de cinco años en materia de control, auditoría financiera y de responsabilidades, que obliga el artículo 116 de la misma y el Congreso local pasó por alto esta disposición solo porque ese nombramiento había sido predeterminado en la oficina del gobernador o peor aún en la de Ismael Brito Mazariegos y los diputados simplemente cumplen las consignas.

La ilegalidad de ese nombramiento invalida por sí sola cualquier acción que busque combatir la corrupción, porque el nombramiento de una autoridad que integra el sistema anticorrupción está viciado de origen y sus actos pueden someterse a un procedimiento de nulidad.

Otro ejemplo se vive en la fiscalía general del Estado, quien también forma parte del sistema anticorrupción, y de igual forma adolece del mal de la ilegalidad en su funciona-miento. Sobre todo cuando fabrica pruebas para inculpar a inocentes o cuando viola el principio de la presunción de inocencia o peor aún, cuando emprende una campaña de desprestigio en contra de activistas u opositores al gobierno, en donde se genera una persecución judicial, pone en riesgo la vida, promueve el acoso mediático desde el poder, di-funde calumnias a través de acusaciones montadas y busca restringir las libertades fundamentales, como lo ha realizado en reiteradas ocasiones.

El auditor superior del Estado y el fiscal general del Estado tienen algo en común, los dos han sido denunciados por actos de tortura, un delito de lesa humanidad, que en un gobierno democrático estarían inhabilitados para desempeñar un cargo público, pero aquí estamos en Chiapas, un lugar en donde no se cuidan las formas ni se respeta la legalidad, principio indispensable para el logro eficaz en el combate a la corrupción.

De igual manera, un acto de corrupción es ostentar un grado académico que no se tiene y en es-te sentido el gobernador ha sido reiterativo en usar el grado de doctor sin que lo sea. Esto es un acto de usurpación, que nada tiene que ver con la distinción y la preparación académica.