El gobierno de Chiapas carece de un buen respaldo jurídico. Por eso todos los juicios relevantes los han perdido. Perdieron el juicio en contra del reconocimiento de los notarios nombrados por Manuel Velasco días antes de que concluyera su gestión; perdieron el recurso de inconstitucionalidad cuando el Congreso Local aprobó la Ley de elecciones y participación sin que se realizara la consulta a los pueblos indígenas; perdieron el recurso de la destitución de los consejeros del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública y recientemente perdieron el recurso en contra de los Concejos municipales, situación que obliga a la realización de elecciones extraordinarias en seis municipios.
Paradójicamente, el caso que el gobierno de Chiapas puede ganar, es el litigio en contra de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que despoja 169 mil hectáreas del territorio de Chiapas, que de acuerdo a la sentencia emitida, pasan a formar parte del territorio del Estado de Oaxaca. Este juicio se puede ganar tanto en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos como en el Sistema Universal de Derechos Humanos, pero no existen señales de que el gobernador Rutilio Escandón vaya a instruir, que se interponga la solicitud de apertura de caso en alguna de las dos instancias internacionales, en virtud de que ya envió el mensaje de que se va a acatar la resolución del Supremo Tribunal.
Es importante señalar, que la creación de los Concejos Municipales como la omisión de atacar en las Cortes internacionales la resolución de los límites con Oaxaca emitida por el Supremo Tribunal, implican responsabilidad en el desempeño del servicio público, lo que significa que los funcionarios responsables de estos procesos pueden ser sometidos a juicio político. En concreto, los diputados de la Comisión Permanente de la Legislatura anterior, así como el gobernador del Estado, tienen responsabilidades en la comisión de estos actos.
Aún y cuando el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas confirmó la realización de elecciones extraordinarias en seis municipios, esto no exime de responsabilidad a los diputados que aprobaron una resolución violatoria de los derechos políticos de la población y permitieron la instalación de autoridades municipales espurias. Pero aquí hay que aclarar, que el Tribunal Electoral valida a los Concejos Municipales nombrados por la Comisión Permanente, quienes fungirán hasta la toma de protesta de las nuevas autoridades electas. Sin embargo, ese nombramiento de los Concejos municipales es ilegal, en virtud de que la Comisión Permanente no tiene facultades para nombrar a los Concejales municipales ya que esa atribución corresponde al pleno del Congreso. De allí la conveniencia de esperar la resolución del recurso de inconstitucionalidad por parte de la Suprema Corte, quien seguramente invalidará el nombramiento de los Concejos Municipales y permitirá dilucidar las ilegalidades cometidas por los diputados locales que integraron la Comisión Permanente.
De igual manera, la omisión del gobernador al no atacar la resolución del caso de los Chimalapas, lo sitúa en una condición de juicio político por la pérdida del territorio de Chiapas. En este aspecto, vale la pena señalar, que en la recomendación realizada el 7 de noviembre del 2019 por el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas a México le señaló en el párrafo 45 lo siguiente:
“El Estado parte [México] debe velar por la celebración de consultas efectivas y de buena fe con los pueblos indígenas a fin de obtener su consentimiento previo, libre e informado antes de adoptar y aplicar cualquier medida que pueda incidir en su modo de vida y/o su cultura. El Estado parte debe asegurar que los pueblos indígenas sean consultados antes de la adopción de cualquier instrumento normativo relacionado con la consulta. Debe, asimismo, redoblar sus esfuerzos para garantizar la promoción, protección y reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas, particularmente respecto a tierra, territorio y recursos naturales, tanto en la legislación como en la práctica. El Estado parte debe asegurar que la interpretación de quién es considerado indígena se base en el derecho a pertenecer a una comunidad o nación indígena y en el derecho a determinar su propia identidad y pertenencia”.
Esta consulta, es lo que no realizó la Suprema Corte antes de adoptar su resolución, situación que obligaría a dejar sin efecto su sentencia. Para ello Rutilio Escandón debe asumir su compromiso con Chiapas e instruir que se acuda a las instancias internacionales para dirimir este litigio, de no hacerlo, quedaría en condiciones de ser sujeto al juicio político.
El Juicio Político al gobernador y diputados locales
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