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Poder Judicial ordena al Congreso poblano emitir la Ley de Responsabilidad Patrimonial

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El Poder Judicial de la Federación ordenó al Congreso de Puebla emitir la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado y sus Municipios, a raíz de un amparo ganado por los familiares de Ricardo Flores Rodríguez y Alberto Flores Morales, quienes murieron linchados en Acatlán de Osorio el 29 de agosto de 2018.

El juez Primero de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y Juicios Federales en Estado de Puebla, Miguel Arroyo Herrera, otorgó el amparo de la justicia federal a María del Rosario Rodríguez García y Guadalupe Flores Morales, quienes han emprendido acciones legales para reclamar una indemnización por 200 millones de pesos tanto al gobierno estatal como al municipio de Acatlán. 

Al emitir su fallo este 21 de octubre dentro del juicio 1207/2019-V-1-C, el juez ordenó al Congreso de Puebla emitir esa ley antes de que concluya el actual período de sesiones, luego de que esa legislación debió haberse expedido desde antes de 2004, es decir, desde hace 15 años.

En su resolución, el juez consideró que la omisión del legislativo poblano de emitir la Ley de Responsabilidad Patrimonial afecta los derechos constitucionales de Rodríguez García y Flores Morales, ya que en Puebla no existe el marco jurídico para que puedan hacer valer su derecho a reclamar una indemnización por “actividad administrativa irregular” de las autoridades locales.

El abogado Víctor Alonso Tadeo indicó que la iniciativa de la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado de Puebla y sus Municipios fue presentada esta semana por el diputado de Morena, Gabriel Biestro Medinilla, aunque el legislador no aclaró que esto se deriva de una orden judicial.

Sostuvo que este lunes se agotó el plazo para que el Congreso del estado impugnara la resolución del juez, por lo que la sentencia causó ya ejecutoria y el legislativo tendrá que cumplir a la brevedad con la aprobación de la ley o de lo contrario incurrirá en desacato.

En su fallo, el juez ordenó al Congreso de Puebla que cumpla con la obligación establecida en el artículo único transitorio del decreto que adiciona un segundo párrafo al artículo 113 (actualmente el 109) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de junio de 2002.

Ese artículo transitorio estableció la obligación de cada nivel de gobierno a prever en sus ordenamientos jurídicos la responsabilidad patrimonial del Estado y fijar en sus presupuestos una partida para hacer frente a dicha obligación. El plazo para expedir esa ley venció el 1 de enero de 2004, pero hasta la fecha el legislativo poblano había omitido legislar en ese sentido.

En el Artículo 109 se establece que los particulares tendrán derecho a una indemnización por los daños que, con motivo de actividad administrativa irregular por parte del Estado, se genere en sus bienes o derechos.

Los familiares de Ricardo y Alberto Flores, quienes fueron linchados, han interpuesto un juicio por Responsabilidad Patrimonial en contra del gobierno de Puebla y del Ayuntamiento de Acatlán de Osorio, en el cual reclaman una indemnización por 100 millones de pesos por cada uno.

La demanda se basa en que ambos fueron detenidos por faltas administrativas y se encontraban en el interior de una celda, pero fueron sacados por una muchedumbre para lincharlos, sin que las autoridades municipales o estatales cumplieran con los protocolos o implementaran acciones para resguardar sus vidas.