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Fallo de la SCJN deja en “estado de indefensión a las mujeres de Veracruz”: ONG

Estados
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Representantes de organizaciones no gubernamentales (ONG) criticaron el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que deja en “estado de indefensión a las mujeres de Veracruz” al validar el Código Penal de esa entidad, que mantiene como delito la interrupción del embarazo aun en las primeras 12 semanas.

En conferencia de prensa, defensores de los derechos humanos de las mujeres, quienes presentaron un amparo para que el Congreso de Veracruz legislara a favor del aborto, lamentaron que, con cuatro votos a favor y uno en contra, magistrados de la Primera Sala de la SCJN desecharan el proyecto del magistrado Juan Luis González Alcántara Carrancá por considerar que no existe omisión legislativa “al no haber modificado diversos artículos del Código Penal de esa entidad que violentan o restringen los derechos humanos de las mujeres”.

La coordinadora del área de Violencia de Género y Derechos Humanos de la organización Católicas por el Derecho a Decidir (CDD) y del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), María de la Luz Estrada, consideró que la votación de este miércoles “deja en un estado de indefensión a las mujeres de Veracruz, porque no se discutió a fondo la situación del acceso al aborto legal en dicha entidad”.

En conferencia de prensa recordó que en la solicitud de Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) en Veracruz, el 5 de abril de 2016, por agravio comparado, se puso en evidencia que a más de 400 niñas que fueron víctimas de violación se les negó el derecho a abortar, luego de que ese mismo año se presentó una iniciativa ciudadana para reformar el artículo 4º constitucional en defensa de la vida desde el momento de la concepción y hasta la muerte natural, lo que llevó a 90% del personal a considerarse objetor de conciencia, “teniendo un impacto negativo para el acceso a las mujeres al aborto legal”.

Tras el decreto de la AVGM en 2017, diputados locales promovieron modificaciones al Código Penal del Estado de Veracruz para despenalizar el aborto, en apego a las recomendaciones surgidas de dicho instrumento, pero las modificaciones fueron rechazadas bajo el argumento de que contravenían la Constitución local.

Ello motivó la tramitación de un amparo, ganado en primera instancia por las organizaciones civiles promotoras, pero impugnado por el Congreso local, trámite que elevó el caso hasta la SCJN.

El proyecto de González Alcántara Carrancá validaba la resolución del juez de Distrito a la luz de “la obligación que tiene el Congreso de Veracruz de cumplir con los derechos y obligaciones reconocidos en los tratados internacionales ratificados por México, y reconoce el estándar internacional y nacional en materia de aborto, visto desde la perspectiva de los derechos humanos de las mujeres a la no discriminación, a la no violencia y a la garantía de derecho a la salud”.

Para la integrante de la Fundación Mexicana para la Planeación Familiar (Mexfam), Esmeralda Lexcius, el proyecto del ministro “estaba a la vanguardia porque iba encaminado a sentar un precedente en el tema de las omisiones legislativas”.