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Personal del C5 de Jalisco carece de la preparación académica requerida

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El Centro de Coordinación, Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo (C5) del estado ca-rece de personal adecuado para administrar y operar los sistemas videovigilancia y de atención de llamadas de emergencia.

Además, sólo 30% cuenta con las evaluaciones de control y confianza, y la capacitación que se les brinda a los elementos de nuevo ingreso carece de metodología.

Mediante diversas solicitudes de transparencia se detectó que el jefe de Unidad Departamen-tal de Mantenimiento, Daniel Elías Soria Miguel, sólo cuenta con la secundaria, en tanto que los subdirectores de Estadística, Jesús Manuel Campos Cruz; Seguridad, Edgar Josué Hernández García; Control y Movimiento de Personal, Rosa Rebeca Guzmán Cortés; y de Evaluación y Se-guimiento, Gabriela Denisse Briones Reyes cursaron hasta la preparatoria.

En un manual de puestos del Centro Integral de Comunicaciones (Ceinco), que ahora forma parte del C5, se establece que para cualquier cargo de dirección o jefatura debe contarse con li-cenciatura afín al puesto y con experiencia. Sin embargo, no ocurre así.

El subdirector de Atención de Llamadas de Emergencia, José Antonio Cloria Vázquez, tiene licenciatura en Ciencias de la Comunicación, por lo que su perfil no es ad hoc al cargo que osten-ta. En el manual señalado se precisa que para ocupar la jefatura de lo que antes fue el 066, la persona indicada debía tener licenciatura en Informática, Sistemas o Derecho.

Una más que incumple con el perfil es la jefa de Análisis Geoestadístico, la psicóloga Gloria Cristina Enríquez González, cuya experiencia laboral es en Recursos Humanos. Otros siete jefes de departamento cuentan con una carrera, pero no tienen el título universitario. 

En las peticiones de transparencia al organismo C5 se cuestionó que, si algún jefe o director no contaba con título y cédula profesional, cómo se justificaba su permanencia en el cargo. 

La respuesta del titular de Transparencia del C5, David Barragán Bravo, fue: aún está “pen-diente la emisión normativa que disponga los requisitos mínimos que deben regular la contrata-ción y perfiles de puesto para la asignación de los cargos (...) ante la omisión normativa se está tomando como criterio para la contratación de los servidores públicos la experiencia en determi-nada área”. El C5 fue creado en 2018.

Personal inconforme del organismo señaló que la falta de preparación académica y de expe-riencia operativa del subdirector de Seguridad, así como de la mayoría de los supervisores y ope-radores se observó el pasado 7 de julio, cuando en el C5 el supervisor en turno, un joven de 23 años, dio ubicaciones diferentes sobre un enfrentamiento, lo que retrasó la atención de los servi-cios de emergencia, y un policía de la Secretaría de Seguridad perdió la vida en Balcones de Oblatos.

También comentaron la necesidad de que se haga una depuración, puesto que “no le sale nada barato a la ciudadanía mantener a estas personas para que no den ningún resultado; los princi-pales problemas que presenta Escudo Urbano --a manera de burla le llaman Escudo en Vano-- no son sólo temas de infraestructura o presupuesto, sino en la pésima administración del perso-nal y los abusos al erario”.

Escasa aplicación de examen de confianza

Cuando la anterior Legislatura aprobó la creación del organismo C5, los diputados señalaron que requerirían personal especializado, con exámenes de control y confianza aprobados. Sin em-bargo, la subdirección de Logística, mediante una solicitud de transparencia con fecha 28 de agosto pasado, reportó que solo 30% de las plazas operativas “ha presentado, no aprobado y/o tienen vigentes las evaluaciones”. 

La subdirección de Logística manifestó que el motivo de no enviar al personal operativo del organismo a realizar las pruebas es “por estar a la espera de la calendarización que nos enviará el Centro Estatal de Evaluación y Control de Confianza del estado”.

En cuanto al personal administrativo que tiene acceso a la información captada a través de la sala de video monitoreo, la utilización de herramientas tecnológicas, bases de datos o cualquier servicio, sistema o equipo de telecomunicación y de geolocalización, la misma área refirió que la ley no los obliga a presentar las pruebas de control de confianza.