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Prisión preventiva, una de las herramientas más graves contra los derechos humanos: Asilegal

Nacional
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Ante la ampliación del catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, aprobada por el Senado de la República este jueves, la organización civil Asistencia Legal por los Derechos Humanos (Asilegal) advirtió que la medida afectará sobre todo a las poblaciones más vulnerables privadas de la libertad que no tienen sentencia.

Y eso, subrayó, podría considerarse como delito de lesa humanidad, atendiendo a los parámetros internacionales.

La organización no gubernamental alertó sobre el impacto negativo que tendrá para la sociedad y el sistema penitenciario del país, “de por sí saturado y rebasado”, la consideración de prisión oficiosa para los delitos electorales, robo de hidrocarburos, portación ilegal de armas, uso de armas de juguete para delinquir, desaparición forzada y tráfico de totoaba, que se suman a los delitos que ya ameritaban la privación ilegal de la libertad.

Destacó que, de acuerdo con el Cuaderno Mensual de Información Estadística Penitenciaria, de las 209 mil 053 personas internas en el sistema penitenciario, a mayo de 2020, 71 mil 381 del fuero local y 11 mil 708 del federal no tienen sentencia, cifra que equivale a 40% del total de personas privadas de libertad.

Asilegal advirtió que la cifra se eleva aún más entre mujeres, ya que 50% “se encuentran sin sentencia”, esto es, de las 11 mil 281 mujeres en prisión, 5 mil 640 están en prisión preventiva.

De igual manera, recordó que el Diagnóstico de Supervisión Penitenciaria de 2019 identificó que 33.34% de los centros penitenciarios del país tenían sobrepoblación, mientras que 32.4% de las personas se encontraban hacinadas, condiciones que “constituyen espacios torturantes, degradantes e inhumanos”, y a ello son expuestas personas sentenciadas y procesadas.

Añadió: “El 55.19% de los centros estatales que albergan al 86.17% de la población penitenciaria es deficiente o, plenamente, no hay separación entre personas sentenciadas y procesadas”.

Asilegal insistió en que “someter a las personas a los espacios torturantes, degradantes e inhumanos que son las prisiones en el país, escasamente debe tomarse como una solución frente a diversos índices de criminalidad que las autoridades tienen la responsabilidad de atender”.

Tras señalar que la prisión preventiva sólo debe usarse “como absoluto último recurso”, constató que en población vulnerable como mujeres, personas LGBTTTI y comunidades indígenas, “estas medidas terminan siempre por afectar a las personas que de por sí ya tienen pocas posibilidades de acceso a la justicia”.

La prisión preventiva “en sí, no es un desacierto”, pero resulta violatorio de los derechos humanos “cuando se empieza a aplicar sin justificar en cada caso su necesidad, proporcionalidad, idoneidad y razonabilidad, violando sobre todo el derecho a la presunción de inocencia”, abundó.

Asimismo, alertó que en México la prisión preventiva es sinónimo de “actos que constituyen tortura, malos tratos y detenciones arbitrarias, sancionados por el derecho internacional de derechos humanos”, por lo que “no resulta descabellado abordar el fenómeno de la prisión preventiva oficiosa desde el enfoque de los crímenes penales internacionales, en específico los crímenes de lesa humanidad”.

Tomando en cuenta los parámetros del Estatuto de la Corte Penal Internacional, la Convención América sobre Derecho Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Comité contra la Tortura y el Comité de Derechos Humanos, la práctica de la prisión preventiva en México cumple con las especificaciones de ser un crimen de lesa humanidad caracterizado por ser “un ataque generalizado o sistemático contra la población civil y con conocimiento de dicho ataque”, crímenes entre los que se encuentra la “encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional”, recalcó Asilegal.

Y, luego de señalar que “en ningún momento los Estados pueden justificar violaciones a derechos humanos bajo argumentos de persecución criminal y seguridad pública”, exhortó a las autoridades a “sopesar con extrema precaución y seriedad lo que la ampliación de este catálogo significa para las y los mexicanos en conflicto con la ley penal”.

Concluyó: “La prisión preventiva configura una de las herramientas más sistematizadas y graves en contra de los derechos humanos; debemos evitar su uso y limitar su alcance para garantizarlos”.