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Despojan a indígenas de candidaturas reservadas a comunidades originarias

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México es un país donde se reservan distritos electorales para indígenas, pero políticos mestizos se hacen pasar por ellos y los desplazan de esos espacios.

Las autoridades las promueven ampliamente como acciones afirmativas para lograr que haya más indígenas en el Congreso de la Unión; sin embargo, integrantes de grupos aborígenes las consideran como una burla, pues actualmente hay hasta menos indígenas en la Cámara de Diputados, que cuando no había este tipo de instrumentos. En tanto, la autoridad electoral, en lugar de ser rigurosa para que los partidos y candidatos cumplan con la ley, les amplía la posibilidad para calificar como indígenas cuando evidentemente no lo son.

Organizaciones como la Red Nacional Indígena, han levantado la voz y exigen a los políticos, partidos y autoridades, que respeten la ley y no usurpen los espacios que no les corresponden.

Juan Gabriel Méndez López, indígena tzeltal de Oxchuc, Chiapas, abogado comunitario y defensor de los derechos humanos de los pueblos indígenas expuso que esa entidad, donde 28.2% de su población de tres años o más es hablante de lengua indígena, es una muestra de lo que ocurre en el país.

Entrevistado vía telefónica, dijo que uno de los casos más escandalosos y considerado como una burla por los indígenas, es el de la actual diputada federal con licencia Manuela del Carmen Obrador Narváez, a quien el pasado 23 de abril, la sala regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó su candidatura a la reelección en el distrito uno con cabecera municipal en Palenque, Chiapas.

La legisladora, es postulada por la coalición formada por Morena, Partido del Trabajo (PT) y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y su candidatura había sido impugnada por indígenas de la etnia chol, por no formar parte de alguna comunidad indígena.

El TEPJF decidió validar su candidatura con el argumento de que ella se autoadscribió como indígena; porque presentó un acta de nacimiento que dice que nació en el distrito, así como un oficio expedido por el secretario del ayuntamiento de Palenque, en el que le “reconoce” su autoadscripción. Además, el Tribunal consideró relevante que en las elecciones de 2018 tuvo mucha simpatía, relató Méndez López.

Pero ese es sólo uno de los casos de usurpación de identidad indígena por parte de políticos mestizos, con el objetivo de despojarlos de las candidaturas, en teoría reservados para ellos.

Según el activista, en Chiapas, donde hay cinco distritos electorales federales reservados para indígenas (que son el uno, dos, tres, cinco y 11), únicamente un candidato en campaña es reconocido como miembro de alguna de las comunidades del estado. Se trata de Alfredo Vázquez Vázquez, un indígena tzeltal originario de Ocosingo, quien en 2018 fue postulado por Morena como candidato a diputado federal por el distrito tres y ganó y ahora busca la reelección.

Las otras personas que, en 2018 ganaron una diputación federal en los distritos electorales reservados para indígenas en Chiapas, son Manuela del Carmen Obrador Narváez en el uno; Alfredo Antonio Gordillo Moreno, quien antes era secretario técnico del gobierno de Chiapas, en el dos; Clementina Marta Dekker Gómez, en el cinco y Roberto Antonio Rubio Montejo, quien era asesor legislativo en el Congreso de Chiapas y delegado nacional del PVEM en Chiapas, en el distrito 11.

El activista Méndez López dijo que las autoridades comunitarias de Oxchuc tomaron la decisión de no permitir la instalación de casillas el próximo 6 de julio, como forma de protesta, a lo que consideró un fraude a la ley que hacen los partidos que permiten que sus candidatos suplanten a indígenas con el respaldo de las autoridades electorales.

Denunció que en el distrito dos, con cabecera en Bochil, la alianza integrada por PRI, PAN y PRD postularon como candidato a Roberto Aquiles Aguilar Hernández, quien no es indígena, pero sí un cacique de la región, que, de 2003 a 2006, fue diputado federal por el distrito seis de Chiapa de Corzo.

Lleva como compañera de fórmula a su hija, Adriana Aguilar Pavón, que tampoco es indígena tzotzil (que es la comunidad indígena de la región) y actualmente es diputada local con licencia.

Asimismo, recordó que el TEPJF le quitó la candidatura a diputada federal por Morena, en el distrito dos, a la exdiputada local Patricia Mass Lazos, pues se trata de una persona nacida en Monterrey, que no es indígena, además de que vive en San Cristóbal de las Casas y no en Bochil, que quería representar y que está como a 90 kilómetros de distancia de su domicilio.

Dijo que en el distrito cinco, de San Cristóbal de las Casas, todo mundo sabe que la actual diputada federal Mara Dekker Gómez, que busca la reelección, no es indígena, aunque hace tres años la autoridad le avaló el supuesto vínculo comunitario.

El activista dijo que en el distrito 11, que corresponde a Las Margaritas, el diputado Roberto Antonio Rubio Montejo, quien hace tres años fue postulado por el PVEM y trata de reelegirse, tampoco es indígena.

La ley da márgenes para despojar a indígenas de candidaturas

Araceli Burguete de Cal y Mayor, investigadora del Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social (CIESAS) unidad Sureste expuso por qué, aspirantes a diputados federales que no son indígenas logran que las autoridades electorales avalen sus candidaturas.

Recordó que en la sentencia del TEPJF SUP-RAP-726/17 establece que los partidos pueden acreditar el vínculo al momento del registro mediante la presentación de constancias como haber prestado “en algún momento” servicios comunitarios, desempeñado cargos tradicionales “en la comunidad, población o distrito” por el que pretenda ser postulada, “haber participado en reuniones de trabajo tendientes a mejorar dichas instituciones” o para resolver los conflictos que se presenten en torno a ellas, dentro la población, comunidad o distrito indígena por el que pretenda ser postulada, o ser representante de alguna comunidad o asociación indígena que tenga como finalidad mejorar o conservar sus instituciones.

La sala superior determinó que el propósito de estas medidas era que los ciudadanos en dichas  circunscripciones votaran efectivamente por candidatos indígenas, garantizando que representaran los intereses reales de los grupos en cuestión, tendiendo con ello a evitar la desnaturalización de la acción afirmativa.

Sin embargo, destacó que lo documentado en Chiapas demuestra que la realidad no ha sido así, porque tanto en el proceso electoral de 2018 como en el actual, fueron postuladas por los partidos políticos, como indígenas a personas que no son aceptadas como tales.

Recalcó que el problema de toda la usurpación estriba en que, tal como está acreditado, el vínculo favorece a reclutar candidaturas de personas que tienen una práctica indigenista.

Los hechos demuestran que la acción de demostrar el vínculo mediante elementos objetivos tales como constancias expedidas por “autoridades” de la comunidad han contribuido a configurar dos problemas:  Uno, al tener que probar los medios de prueba “idóneos”, solicitados por la legislación electoral, mediante constancia de, por ejemplo, haber participado en reuniones, de haber estado interviniendo, el resultado es que, al objetivar el vínculo que se estableció en la sentencia del TEPJF, se premia la intervención de personas ajenas a la vida comunitaria, alejando perfiles de las personas indígenas que viven en la comunidad que son sustituidas por personas que intervienen en la comunidad.

Dos, al privilegiar el vínculo mediante pruebas objetivas, las  instituciones electorales ignoran lo que plantea al artículo 2 constitucional (que dice que son pueblos indígenas “aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ella”) que no deja duda quién es indígena, con el que se podría cumplir la acción afirmativa a cabalidad, sin andar inventando tales vínculos.

Dijo que, desafortunadamente, las instituciones electorales abonan al crecimiento de este problema. Recordó que el INE incorporó un cuarto criterio como vínculo efectivo que refiere ser originario o descendiente de la comunidad y contar con elementos que acrediten su participación y compromiso comunitario (INECG24/2021 de enero de 2021).

El problema estriba en las demostraciones de los vínculos con las comunidades.

La aplicación de los criterios ha dado como resultado la emergencia de un fenómeno generalizado de usurpación de identidad indígena en un contexto más amplio de racialización de la acción afirmativa indígena, abundó.