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HOJAS LIBRES

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Guardia Nacional, institución civil, y no militar, en la Constitución
Proponer la reforma a 13 artículos de la Carta Magna puede exacerbar los ánimos y aumentar las muertes violentas

Cuando candidato, el Presidente Andrés Manuel ópez Obrador propuso acabar con la violencia a través de una fuerza policiaca profesional para la desmilitarización al país; hoy, el discurso y la propuesta original han tenido un giro de 180 grados

 

Después de la consulta popular sobre la cancelación del Nuevo Aeropuerto Internacional de México, dos temas trascendentales han acaparado la atención nacional y el rechazo abierto de una buena parte de los gobernadores del país: La creación de la Guardia Nacional y el envío de ministros plenipotenciarios –llamados coloquialmente superdelegados- a cada una de las 32 entidades federativas.

La forma en que el Presidente Andrés Manuel López Obrador pretende crear la Guardia Nacional –hoy inexistente- en México riñe con nueve dispositivos constitucionales que reglamentan el funcionamiento de esa organización paramilitar para la defensa del país y del orden público, pero bajo un mando civil.  De acuerdo a lo expresado por el  Presidente López Obrador, la Guardia Nacional deberá de estar formada por el Ejército, la Marina, la Policía Federal y bajo mando militar.

Sólo que, a diferencia de lo manifestado por el Ejecutivo federal, el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece textual: “El Congreso tiene facultad para dar reglamentos con objeto de organizar, armar y disciplinar la Guardia Nacional, reservándose, a los CIUDADANOS que la formen, el nombramiento respectivo de jefes y oficiales, y a los ESTADOS la facultad de instruirla conforme a la disciplina prescrita por dichos reglamentos”.

La anterior transcripción permite establecer que de instituirse la Guardia Nacional bajo la Constitución vigente, la misma es de índole local y bajo la autoridad de cada uno de los 32 gobernadores de los estados, es decir, está prevista la existencia de 32 guardias nacionales.

El carácter civil de la Guardia Nacional queda puntual y exactamente definido en el artículo 31 de la Carta Magna, que establece como obligaciones de los mexicanos “alistarse y servir en la Guardia Nacional para asegurar y defender la independencia, el honor de la patria, así como la tranquilidad y el orden interior”.

La condición civil de la Guardia Nacional queda todavía más de manifiesto de acuerdo a lo establecido en los artículos 35 y 36 de la Constitución al determinar el mandato de que los ciudadanos de la República tienen el derecho y la obligación de tomar las armas y alistarse en la Guardia Nacional para la defensa de la República y sus instituciones.  Queda claro, entonces, que al ciudadano mexicano se le otorga una doble personalidad constitucional: El honor y la prerrogativa de defender a su patria.

Así, la Guardia Nacional es una institución formada por el pueblo en armas, como complemento del Ejército Mexicano.  Sin embargo, hay diferencias sustanciales entre una y otro.  La Guardia Nacional es, en esencia, territorial al quedar circunscrita a cada uno de los 32 estados de la República; en cambio, el Ejército puede ser movilizado hacia cualquier parte del país y aún fuera del territorio nacional.

Hay una característica más de la Guardia Nacional respecto al Ejército y la Armada nacionales. La primera tiene un carácter semiprofesional, que se reúne, únicamente, cuando debe cumplir con labores de seguridad y tranquilidad públicas en virtud de que sus integrantes tienen sus propias ocupaciones e ingresos.  Por su parte, el Ejército y la Marina tienen como función principal la preservación de la seguridad nacional como fuerza permanentemente organizada y bajo el imperio del Presidente de la República.

Cuando candidato, el Presidente López Obrador propuso acabar con la violencia a través de una fuerza policiaca profesional para la desmilitarización al país.  Hoy, el discurso y la propuesta original han tenido un giro de 180 grados.  El Plan Nacional de Paz y Seguridad contempla ampliar las facultades de la fuerza armada permanente –Ejército, Armada y Fuerza Aérea- para combatir la delincuencia organizada y el narcotráfico.

Bajo esas circunstancias, el Presidente de la República pretende crear una Guardia Nacional compuesta por militares y marinos adscritos a la Secretaría de la Defensa Nacional y bajo el mando del general secretario. Esa sola disposición pone en riesgo el aumento en la incidencia de muertes.  El Ejército lleva cerca de 40 años en tareas de seguridad pública, lo cual no le compete y viola el espíritu del artículo 129 de la Constitución: “En tiempos de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar”.

Lo anterior quiere decir que el Ejército únicamente permanecerá en las comandancias y regiones militares en que se divide el país militarmente de acuerdo a criterios de la Secretaría de la Defensa Nacional.

Lamentablemente, el poder civil ha dado a las Fuerzas Armadas un sesgo político indebido.  Dos son los más emblemáticos.  México 1968, en Tlatelolco, cuando el poder civil, con apoyo de las armas, reprimió una manifestación estudiantil que en nada atentaba contra la seguridad nacional y bastaba la fuerza policiaca del Distrito Federal para controlar al estudiantado.

El otro momento indebido de utilización del Ejército fue cuando Felipe Calderón declaró la guerra, su propia guerra, al narcotráfico.  Era una forma de distraer la atención y legitimar su espuria Presidencia, sustentada en un descomunal fraude electoral y apoyada por Vicente Fox.

Los datos de la militarización del país son alarmantes.  Durante el calderonato, las ejecuciones en los seis años de combate a las drogas arrojaron 122 mil muertos.  Peña Nieto superó la hazaña del antecesor.  Su sexenio se manchó de sangre con la vida de más de 150 mil personas.

Hay una razón de fondo en ello.  La experiencia demuestra que militarizar la seguridad pública no disminuye la violencia de la delincuencia organizada; por el contrario, la agudiza y la empeora cuando los enemigos del Estado responden con mayor rudeza.

Sin embargo, hay otro elemento más de preocupación.  Cuando el poder militar se excede, el poder civil, con todo y ser el Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas, está acotado para exigir cuentas de violaciones a los derechos humanos, ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas.  Ayotzinapa y Tlatlaya son tan sólo dos trágicos emblemas de este aserto.  El general secretario Salvador Cienfuegos siempre se negó a la comparecencia de sus subordinados ante la autoridad ministerial.

Así, proponer la reforma a 13 artículos de la Constitución para extenderle a la Guardia Nacional una personalidad militar,  en lugar de  darle una condición civil, puede exacerbar los ánimos y aumentar las muertes violentas.  Ampliaremos…

P.D.  Rutilio Escandón no ha dado a conocer su gabinete.  Por el bien de Chiapas, ojalá lo integre con gente de trayectoria política, académica y de reconocida honorabilidad. Que no se vuelvan a repetir los Eduardo Ramírez y los Gómez Aranda en la Secretaría de Gobierno.  Los Humberto Pedrero y Carlos Bermúdez en la Secretaría de Hacienda. Los Amador Rodríguez y Raciel López, que trituraron la procuración de justicia.